UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTALCarlos Ruiz MiguelCatedrático de Derecho ConstitucionalUniversidad de Santiago de Compostela |
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NACIONES UNIDAS ASAMBLEA GENERAL
35/19. Cuestión del Sáhara Occidental
La Asamblea General, Habiendo examinado a fondo la cuestión del Sáhara Occidental, Recordando el derecho inalienable de todos los pueblos a la libre determinación y la independencia de conformidad con los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en la resolución 1514 (XV) de 14 de diciembre de 1960 de la Asamblea General, en que figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, Recordando su resolución 34/37 de 21 de noviembre de 1979, relativa a la cuestión del Sáhara Occidental. Habiendo examinado el capítulo pertinente del informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales 2,
Habiendo oído las declaraciones relativas a la cuestión del Sáhara Occidental en particular la del representante del Frente Popular para la Liberación de Saguia el. Hamra y de Río de Oro 3, Teniendo presente la profunda preocupación de las Naciones Unidas, de la Organización de la Unidad Africana y de los países no alineados por la descolonización del Sáhara Occidental.
Teniendo igualmente presente la viva preocupación de las Naciones Unidas, la Organización de la Unidad Africana y los países no alineados ante la agravación de la situación imperante en el Sáhara Occidental debido a la persistente ocupación de ese territorio por Marruecos,
Tomando nota de la decisión AHG/Dec. 118 (XVII) relativa a la cuestión del Sáhara Occidental, adoptada por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en su 170 período ordinario de sesiones celebrado en Freetown del 1 al 4 de julio de 1980 4. Recordando su resolución 34/21 de 9 de noviembre de 1979, relativa a la cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de la Unidad Africana,
l. Reafirma el derecho inalienable del pueblo del Sáhara Occidental a la libre determinación y a la independencia de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y de la Carta de la Organización de la Unidad Africana y con los objetivos de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, así como la legitimidad de la lucha que libra para lograr el ejercicio de ese derecho conforme a lo previsto en las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas y de la Organización de la Unidad Africana;
2. Deplora profundamente que su resolución 34/37, en que se enuncian los medios para lograr una solución política justa y definitiva de la cuestión del Sahara Occidental, no haya podido ser aplicada;
3. Declara nuevamente su profunda preocupación ante el agravamiento de la situación a consecuencia de la persistente ocupación del Sáhara Occidental por Marruecos y de la ampliación de esa ocupación a la parte del Sáhara Occidental que fue objeto del acuerdo de paz concertado el 10 de agosto de 1979 entre Mauritania y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro 5;
4. Reafirma que la solución de la cuestión del Sáhara Occidental reside en el ejercicio por el pueblo de ese territorio de sus derechos inalienables, incluso su derecho a la libre determinación y a la independencia;
5. Toma nota de la decisión adoptada sobre la cuestión del Sáhara Occidental por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en su 17° período ordinario de sesiones;
6. Toma nota asimismo de las conclusiones a que llegó el Comité ad hoc de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana, en su cuarto período de sesiones celebrado en Freetown del 9 al 12 de septiembre de 1980;
7. Celebra los esfuerzos hechos por la Organización de la Unidad Africana y su Comité ad hoc, así como la disposición favorable de las partes interesadas, para promover una solución justa y definitiva de la cuestión del Sáhara Occidental conforme a las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas y de la Organización de la Unidad Africana;
8. Reafirma a tal efecto la determinación de las Naciones Unidas de colaborar plenamente con la Organización de la Unidad Africana a fin de permitir el ejercicio por el pueblo del Sáhara Occidental de su derecho a la libre determinación y la independencia conforme a las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas y la Organización de la Unidad Africana;
9. Reitera el llamamiento que figura en su resolución 34/37, en la que pidió encarecidamente a Marruecos que participase en la dinámica de paz y pusiera fin a la ocupación del Territorio del Sáhara Occidental;
10. Pide encarecidamente a tal efecto a Marruecos y al Frente Popular para la Liberación de Saguia el Hamra y de Río de. Oro, representante del pueblo del Sáhara Occidental, que entablen negociaciones directas con miras a llegar a una solución definitiva de la cuestión del Sáhara Occidental;
11. Pide al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que continúe examinando la situación en el Sáhara Occidental con carácter prioritario y que informe al respecto a la Asamblea General en su trigésimo sexto período de sesiones;
12. Pide al Secretario General de la Organización de la Unidad Africana que mantenga informado al Secretario General de las Naciones Unidas de los progresos logrados en la aplicación de las decisiones de la Organización de la Unidad Africana relativas a la cuestión del Sáhara Occidental;
13. Invita al Secretario General a que siga atentamente la situación en el Sáhara Occidental a los efectos de la aplicación de la presente resolución, y a que presente un informe al respecto a la Asamblea General en su trigésimo sexto período de sesiones.
56a. sesión plenaria 11 de noviembre de 1980
1 Para las decisiones adoptadas sobre la base de los informes de la Cuarta Comisión, véase secc. X.B.5. 2 Documentos Oficiales de la Asamblea General. Trigésimo quintoperíodo de sesiones. Suplemento No. 23 (A/35/23//Rev.1). cap.IX 3 Ibid., trigésimo quinto período de sesiones. Cuarta Comisión.19a. sesión. párrs. 3 a 14. 4 Véase A/35/463, anexo II 5 A/34/427-S/13503, anexo i. Para el texto impreso, véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, trigésimo cuarto año. Suplemento de julio, agosto, septiembre de 1979.
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