Taller de juristas

 En el plano jurídico, Marruecos no tiene soberanía sobre el Sáhara Occidental, ni siquiera es potencia administradora. Marruecos es una simple potencia ocupante, una ocupación militar desde 1975 que viola el principio de prohibición del uso de la fuerza armada, establecido en los Convenios de Ginebra y que en ningún caso supone una traslación del titulo de soberanía, ni cambia el estatuto del Territorio; continua siendo internacional, no propiedad ni bajo soberanía de la potencia ocupante.

Que el Sáhara sea un territorio ocupado militarmente lo somete a los parámetros del Derecho Internacional Humanitario, lo cual comporta:

 ·        La invocación de su aplicación en los Derechos Internos de los Estados, constituyendo uno de los casos que facilitan la aplicación del principio universal de la jurisdicción de los Tribunales.

·        La prohibición de la alteración de la composición humana de un Territorio Ocupado.

·        La prohibición de la apropiación de las riquezas naturales pro el Estado que ocupa el Territorio no Autónomo o por terceros.

En definitiva, el mismo reconocimiento que el Consejo de Seguridad dispenso a Gaza y Cisjordania en 1980 y a Timor Oriental en 1975.

 En mayo de 2003, Amnistía Internacional,  en su Informe Anual ha denunciado la precaria situación de los Derechos Humanos en los Territorios Ocupados y las violaciones cometidas por Marruecos sobre los derechos de los ciudadanos saharauis, reclamando que esclarezca la suerte de centenares de desaparecidos y que se permita la celebración de un referéndum.

 El Taller de Juristas asume el Informe del Consejo General de la Abogacía Española, hecho publico en octubre de 2003, sobre la Misión de Observación jurídica llevada a cabo durante más de un año en los juicios contra los presos saharauis en el Sáhara Occidental,  en el que se denuncia las graves deficiencias en el sistema judicial marroquí respecto a la protección de las garantías individuales de la población saharaui.

En igual sentido, la disolución del “Foro Verdad y Justicia, Sección Sáhara”, es un atentado más en la escalada marroquí contra los derechos fundamentales del pueblo saharaui.

 Los juristas denunciamos la deportación enmascarada que está llevando a cabo el

Estado marroquí, respecto a los cientos de activistas de los Derechos Humanos en el ámbito sindical y lideres saharauis cívicos; como táctica marroquí de depuración.

 El Taller de Juristas considera obligado reclamar el nombramiento de un relator que, bajo los auspicios de las Naciones Unidas y como ha sucedido en otras situaciones en el mundo, se encargue de inspeccionar y denunciar el estado real de los Derechos Humanos en las zonas ocupadas por Marruecos.

 Por último, el Taller de Juristas asume las conclusiones del Taller de Derechos Humanos y ofrece su asesoramiento para cuantas acciones realicen en defensa del Principio de Libre Determinación para el pueblo saharaui.