UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTALCarlos Ruiz MiguelCatedrático de Derecho ConstitucionalUniversidad de Santiago de Compostela |
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NACIONES UNIDAS CONSEJO DE SEGURIDAD
Distr. general 28 de octubre de
2005 Resolución 1634
(2005) Aprobada por el
Consejo de Seguridad en su 5295ª sesión, celebrada el 28 de octubre de 2005 El Consejo de
Seguridad, Recordando todas
sus resoluciones anteriores sobre el Sáhara Occidental, entre ellas la
resolución 1495 (2003), de 31 de julio de 2003, la resolución 1541 (2004),
de 29 de abril de 2004, y la resolución 1598 (2005), de 28 de abril de 2005,
Reafirmando su
empeño en ayudar a las partes a alcanzar una solución política justa,
duradera y mutuamente aceptable que prevea la libre determinación del pueblo
del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los
principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas y observando la
función y las obligaciones que incumben a las partes a este respecto, Reiterando su
llamamiento a las partes y a los Estados de la región para que sigan
colaborando plenamente con las Naciones Unidas de manera de poner fin a la
actual situación de estancamiento y avanzar hacia una solución política, Tomando nota de
que el Frente POLISARIO puso en libertad el 18 de agosto de 2005, de
conformidad con el derecho internacional humanitario, a los 404 prisioneros
de guerra marroquíes que quedaban y haciendo un llamamiento a las
partes para que sigan cooperando con el Comité Internacional de la Cruz Roja
a fin de determinar la suerte de las personas cuyo paradero se desconoce
desde el comienzo del conflicto, Acogiendo con
beneplácito el nombramiento del Enviado Personal del Secretario General
para el Sáhara Occidental, Sr. Peter van Walsum, y observando que ha
completado recientemente sus consultas en la región, Habiendo
examinado el informe del Secretario General de 17 de octubre de 2005
(S/2005/648), 1. Reafirma
la necesidad de que se respeten plenamente los acuerdos militares
concertados con la MINURSO en relación con la cesación del fuego; 2. Exhorta a
los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de hacer contribuciones
voluntarias para financiar medidas de fomento de la confianza que permitan
mayores contactos entre familiares separados y especialmente las visitas
para la reunión de familias; 3. Decide
prorrogar el mandato de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum
del Sáhara Occidental (MINURSO) hasta el 30 de abril de 2006; 4. Pide al
Secretario General que presente un informe sobre la situación en el Sáhara
Occidental antes del fin del período del mandato y pide a su Enviado
Personal que, dentro de los tres meses siguientes a la aprobación de esa
resolución, proporcione información sobre la marcha de sus gestiones; 5. Decide
seguir ocupándose de la cuestión.
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