UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTALCarlos Ruiz MiguelCatedrático de Derecho ConstitucionalUniversidad de Santiago de Compostela |
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NACIONES UNIDAS CONSEJO DE SEGURIDAD
Distr. GENERAL S/RES/1238 (1999) 14 de mayo de 1999 RESOLUCIÓN 1238
(1999) Aprobada por el
Consejo de Seguridad en su 4002ª sesión, celebrada el 14 de mayo de 1999 El Consejo de
Seguridad, Recordando todas sus
resoluciones anteriores sobre la cuestión del Sáhara Occidental, Acogiendo con
beneplácito el informe del Secretario General de 27 de abril de 1999
(S/1999/483 y Add.1) y las observaciones y recomendaciones que figuran en
él, Acogiendo también
con beneplácito la aceptación, por el Gobierno de Marruecos y el Frente
POLISARIO, de las modalidades detalladas para la aplicación del conjunto de
medidas presentado por el Secretario General en relación con la
identificación de votantes, el proceso de apelación y el calendario revisado
de ejecución, por considerar que constituye una buena base para concluir
esta fase del Plan de Arreglo, y tomando nota de sus cartas respectivas
(S/1999/554 y S/1999/555), 1. Decide prorrogar
el mandato de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara
Occidental (MINURSO) hasta el 14 de septiembre de 1999 a fin de reanudar el
proceso de identificación, comenzar el proceso de apelación y concertar
todos los acuerdos pendientes necesarios para la aplicación del Plan de
Arreglo, y reafirma los derechos de los solicitantes, en la expectativa de
que el proceso de apelación no se convertirá en un segundo proceso de
identificación; 2. Apoya la
propuesta de aumentar de 25 a 30 el número de funcionarios de la Comisión de
Identificación, así como de incrementar las actividades de apoyo necesarias,
a fin de fortalecer a la Comisión y permitirle que siga trabajando con plena
autoridad e independencia, de conformidad con su mandato tal como ha sido
autorizado por el Consejo de Seguridad, y que concluya sus tareas sin
demora; 3. Pide al
Secretario General que le informe cada 45 días acerca de todo acontecimiento
importante en relación con la aplicación del Plan de Arreglo, en particular
sobre las siguientes cuestiones, que constituirán, entre otras, la base para
el examen por el Consejo de la cuestión de una nueva prórroga del mandato de
la MINURSO: cooperación plena e inequívoca de las partes cuando se reanude
la identificación de votantes y durante el comienzo del proceso de
apelación; consentimiento del Gobierno de Marruecos acerca de las
modalidades para la aplicación del párrafo 42 del acuerdo sobre el estatuto
de las fuerzas; acuerdo de las partes sobre el protocolo relativo a los
refugiados, y confirmación de que la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) está funcionando plenamente en
la región; 4. Pide asimismo al
ACNUR que le formule recomendaciones para la adopción de medidas de fomento
de la confianza y el calendario para su aplicación; 5. Pide además al
Secretario General que le presente un calendario revisado y las
consecuencias financieras de la celebración del referéndum para la libre
determinación del pueblo del Sáhara Occidental de conformidad con el Plan de
Arreglo y los acuerdos celebrados con las partes para su aplicación; 6. Decide seguir
ocupándose de la cuestión. -----
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