UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional

Universidad de Santiago de Compostela

 
     
     

NACIONES UNIDAS

ASAMBLEA GENERAL

 

RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL

[sobre la base del informe de la Comisión Política Especial y de

Descolonización (Cuarta Comisión) (A/51/588)]

 

 

51/143. Cuestión del Sáhara Occidental

La Asamblea General,

Habiendo examinado a fondo la cuestión del Sáhara Occidental,

 

Reafirmando el derecho inalienable de todos los pueblos a la libre determinación y a la independencia, de conformidad con los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, en la que figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales,

 

Recordando su resolución 50/36, de 6 de diciembre de 1995,

 

Recordando también que el 30 de agosto de 1988 el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro aceptaron en principio las propuestas formuladas por el Secretario General de las Naciones Unidas y el entonces Presidente de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en el marco de su misión conjunta de buenos oficios,

 

Recordando además las resoluciones del Consejo de Seguridad 658 (1990), de 27 de junio de 1990 y 690 (1991), de 29 de abril de 1991, por las que el Consejo aprobó el plan de arreglo para el Sáhara Occidental,

 

Recordando todas las resoluciones del Consejo de Seguridad relativas a la cuestión del Sáhara Occidental, en particular las resoluciones 621 (1988), de 20 de septiembre de 1988, 725 (1991), de 31 de diciembre de 1991, 809 (1993), de 2 de marzo de 1993, 907 (1994), de 29 de marzo de 1994, 973 (1995), de 13 de enero de 1995, 995 (1995), de 26 de mayo de 1995, 1002 (1995), de 30 de junio de 1995, 1017 (1995), de 22 de septiembre de 1995, 1033 (1995), de 19 de diciembre de 1995, y 1042 (1996), de 31 de enero de 1996, así como todas las resoluciones de la Asamblea General relativas a la cuestión del Sáhara Occidental,

 

Recordando con satisfacción la entrada en vigor de la cesación del fuego en el Sáhara Occidental el 6 de septiembre de 1991, de conformidad con la propuesta del Secretario General, y destacando la importancia que asigna al mantenimiento de la cesación del fuego como parte integrante del plan de arreglo,

 

Reafirmando la responsabilidad de las Naciones Unidas con el pueblo del Sáhara Occidental, según lo establecido en el plan de arreglo,

 

Tomando nota de la resolución 1056 (1996) del Consejo de Seguridad, por la que el Consejo decidió suspender el proceso de identificación y reducir el componente militar de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental debido a la falta de progresos en la aplicación del plan de arreglo,

 

Profundamente preocupada por los riesgos que entraña este estancamiento para el proceso de aplicación del plan de arreglo para la celebración de un referéndum libre, justo e imparcial para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, así como para la paz y la estabilidad de la región,

 

Destacando la importancia y la utilidad de la reanudación de las conversaciones directas entre el Reino de Marruecos y el Frente Popular para

la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro a fin de que se establezca el ambiente de confianza mutua necesario para superar los obstáculos que se oponen a la aplicación del plan de arreglo,

 

Habiendo examinado el capítulo pertinente del informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales1,

 

Habiendo examinado también el informe del Secretario General2,

 

1. Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General;

 

2. Reitera su apoyo a las gestiones que el Secretario General seguirá realizando con miras a la organización y la supervisión por las Naciones Unidas, en cooperación con la Organización de la Unidad Africana, de un referéndum para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, de conformidad con las resoluciones del Consejo de Seguridad 658 (1990) y 690 (1991), en las que el Consejo aprobó el plan de arreglo de la cuestión del Sáhara Occidental;

 

3. Reafirma que el objetivo convenido por todos consiste en la celebración de un referéndum libre, justo e imparcial para el pueblo del Sáhara Occidental, organizado y dirigido por las Naciones Unidas en cooperación con la Organización de la Unidad Africana y sin restricción militar o administrativa alguna, de conformidad con el plan de arreglo;

 

4. Expresa su profunda preocupación ante la persistencia de los obstáculos que se oponen a la aplicación del plan de arreglo;

 

5. Toma nota de la resolución 1056 (1996) del Consejo de Seguridad, en la que el Consejo decidió suspender el proceso de identificación y reducir el componente militar de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental debido a la falta de progresos en la aplicación del plan de arreglo;

 

6. Reafirma la responsabilidad de las Naciones Unidas con el pueblo y el territorio del Sáhara Occidental y apoya plenamente el compromiso del Consejo de Seguridad y el Secretario General respecto del cumplimiento de sus mandatos respectivos, que consisten en llevar a la práctica un referéndum libre, justo e imparcial para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental;

 

7. Declara su convencimiento de que los contactos directos entre las dos partes son importantes y útiles para superar sus diferencias y crear las condiciones propicias para una aplicación rápida y efectiva del plan de arreglo y alienta a este respecto al Reino de Marruecos y al Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro a que inicien las conversaciones directas lo antes posible;

 

8. Pide al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que continúe examinando la situación en el Sáhara Occidental, teniendo presente el actual proceso de referéndum, y que le informe al respecto en su quincuagésimo segundo período de sesiones;

 

9. Invita al Secretario General a que en su quincuagésimo segundo período de sesiones le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución.

 

83a. sesión plenaria

13 de diciembre de 1996

 

1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período

de sesiones, Suplemento No. 23 (A/51/23), cap. IX.

2 A/51/428.