UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional

Universidad de Santiago de Compostela

 
     
     

NACIONES UNIDAS

ASAMBLEA GENERAL

 

46/67. Cuestión del Sáhara Occidental

La  Asamblea General,

Habiendo examinado a fondo la cuestión del Sáhara Occidental,

Recordando el derecho inalienable de todos los pue­blos a la libre determinación y a la independencia, de conformidad con los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, en la que figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales,

 

Recordando también su resolución 45/21, de 20 de no­viembre de 1990,

 

Recordando además que, el 30 de agosto de 1988, el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la libe­ración de Saguia el-Hamra y de Río de Oro aceptaron en principio las propuestas formuladas por el Secreta­rio General de las Naciones Unidas y el Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Go­bierno de la Organización de la Unidad Africana en el marco de su misión conjunta de buenos oficios,

 

Recordando la resolución 621 (1988) del Consejo de Seguridad, de 20 de septiembre de 1988, relativa a la cuestión del Sáhara Occidental,

 

Recordando también la resolución 658 (1990) del Consejo de Seguridad, de 27 de junio de 1990, en que el Consejo aprobó el informe del Secretario General de 18 de junio de 1990  10, que contiene el texto completo de las propuestas de arreglo aceptadas por las dos par­tes juntamente con un bosquejo del plan presentado por el Secretario General para aplicar esas propuestas,

 

Tomando nota con satisfacción del párrafo sobre el Sáhara Occidental del informe de la Décima Conferencia Ministerial de los Países no Alineados, celebrada en Accra del 2 al 7 de septiembre de 1991 11,

 

Habiendo examinado el capitulo pertinente del infor­me del Comité Especial encargado de examinar la si­tuación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales l2,

 

     Habiendo examinado también el informe del Secreta­rio General 13,

 

     1. Toma nota con satisfacción del informe del Secretario General;

 

2. Celebra que, el 29 de abril de 1991, el Consejo de Seguridad aprobara por unanimidad la resolución 690 (1991), en la que aprobó el informe del Secretario Ge­neral de 19 de abril  de 1991 14 y decidió establecer bajo su autoridad una Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental;

 

3. Celebra también la entrada en vigor el 6 de sep­tiembre de 1991 de la cesación del fuego en el Sáhara Occidental, de conformidad con la propuesta del Secre­tario General aceptada por el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro;

 

4. Hace suya la petición del Consejo de Seguridad a ambas partes para que sigan cooperando plenamente con el Secretario General en la aplicación de su plan, que se describe en su informe de 18 de junio de 1990 10, y se detalla en su informe de 19 de abril de 1991;

 

5. Expresa su reconocimiento al Secretario General por sus gestiones para solucionar la cuestión del Sáhara Occidental mediante la aplicación de su plan de paz;

 

6. Expresa su pleno respaldo a los esfuerzos realiza­dos por el Secretario General para la celebración de un referéndum relativo a la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, organizado y supervisado por las Naciones Unidas en colaboración con la Organización de la Unidad Africana, de conformidad con los obje­tivos enunciados en el informe del Secretario General de 19 de abril de 1991;

 

7. Pide al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declara­ción sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que continúe examinando la situa­ción en el Sáhara Occidental teniendo presente el pro­ceso de referéndum en curso y que presente un informe al respecto a la Asamblea General en su cuadragésimo séptimo período de sesiones;

 

8. Invita al Secretario General a presentar a la Asamblea General en su cuadragésimo séptimo perio­do de sesiones UD informe sobre la aplicación de la pre­sente resolución.

 

68a. sesión plenaria

11 de  diciembre de 1991