UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTALCarlos Ruiz MiguelCatedrático de Derecho ConstitucionalUniversidad de Santiago de Compostela |
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NACIONES UNIDAS ASAMBLEA GENERAL
44/88. Cuestión del Sáhara Occidental
La Asamblea General,
Habiendo examinado a fondo la cuestión del Sáhara Occidental.
Recordando el derecho inalienable de todos los pueblos a la libre determinación y a la independencia, de conformidad con los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en la resolución 1514 (XV), de 14 de diciembre de 1960, de la Asamblea General, en la que figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales,
Recordando su resolución 43/33, de 22 de noviembre de 1988, relativa a la cuestión del Sáhara Occidental,
Recordando la resolución AHG/Res.104 (XIX) sobre el Sáhara Occidental 10, aprobada por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en su 19° período ordinario de sesiones, celebrado en Addis Abeba del 6 al 12 de junio de 1983.
Tomando nota con satisfacción del documento final sobre el Sáhara Occidental aprobado por la Novena Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países no Alineados, celebrada en Belgrado del 4 al 7 de septiembre de 1989 11,
Recordando la resolución 621 (1988) de 20 de Septiembre de 1988, del Consejo de Seguridad, relativa a la cuestión del Sáhara Occidental,
Habiendo examinado el capitulo pertinente del informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales l2,
Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la cuestión del Sáhara Occidental 13,
Reiterando su apoyo al proceso de buenos oficios conjuntos iniciado en Nueva York el 9 de abril de 1986 por el Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y el Secretario General de las Naciones Unidas con miras al logro de una solución justa y definitiva de la cuestión del Sáhara Occidental de conformidad con la resolución AHG/Res.104 (XIX) y con la resolución 40/50, de 2 de diciembre de 1985 de la Asamblea General.
l. Toma nota con satisfacción del informe del Secretario General sobre la cuestión del Sáhara Occidental;
2. Reafirma que la cuestión del Sáhara Occidental es un problema de descolonización que debe resolverse mediante el ejercicio, por el pueblo del Sáhara Occidental de su derecho inalienable a la libre determinación y a la independencia;
3. Destaca la importancia del acuerdo otorgado en principio, el 30 de agosto de 1988 por el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguía el-Hamra y de Río de Oro a las propuestas conjuntas del Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y del Secretario General de las Naciones Unidas, encaminadas a la celebración de un referéndum de libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, organizado y supervisado por las Naciones Unidas en colaboración con la Organización de la Unidad Africana:
4. Acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por el Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y el Secretario General de las Naciones Unidas para lograr una solución justa y definitiva de la cuestión del Sáhara Occidental, de conformidad con la resolución 40/50 de la Asamblea General:
5. Acoge también con satisfacción los progresos obtenidos mediante el proceso de bueno oficios conjuntos y exhorta al Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y al Secretario General de las Naciones Unidas a que prosigan e intensifiquen sus esfuerzos encaminados a resolver los problemas pendientes y a crear así las condiciones necesarias para la celebración de un referéndum de libre determinación del pueblo del Sahara Occidental sin limitaciones de orden administrativo o militar, organizado y supervisado por las Naciones Unidas en colaboración con la Organización de la Unidad Africana;
6. Acoge con beneplácito el establecimiento de una comisión técnica encargada de asistir al Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y al Secretario General de las Naciones Unidas en el proceso de buenos oficios conjuntos con miras a solucionar la cuestión del Sáhara Occidental;
7. Acoge con satisfacción las conversaciones que tuvieron lugar en Marrakech ,entre Su Majestad el Rey Hassan II de Marruecos y una delegación de alto nivel del Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro, y hace suya la esperanza del Secretario General de las Naciones Unidas v del Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana de que se produzcan otros encuentros de esta índole para mejorar las perspectivas de éxito del proceso de paz;
8 Expresa su convicción de que la continuación del diálogo directo entre las dos partes en conflicto contribuirá a la conclusión positiva del proceso de buenos oficios conjuntos en que están empeñados el Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y el Secretario General de las Naciones Unidas, así como al restablecimiento de la paz en el Sáhara Occidental y a la estabilidad y seguridad de toda la región;
9. Reitera su llamamiento al Reino de Marruecos y al Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro para que demuestren la cooperación y la buena voluntad política necesaria para el éxito del proceso de buenos oficios conjuntos del Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y el Secretario General de las Naciones Unidas;
10. Pide al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que continúe examinando con carácter prioritario la situación en el Sáhara Occidental y que informe al respeto a la Asamblea General en su cuadragésimo quinto periodo de sesiones;
11. Invita al Secretario General de la Organización de la Unidad Africana a que mantenga informado al Secretario General de las Naciones Unidas de los progresos que se realicen en la aplicación de las decisiones de la Organización de la Unidad Africana relativas al Sáhara Occidental;
12. Invita al Secretario General a que siga de cerca la situación en el Sáhara Occidental con miras a la aplicación de la presente resolución y a que informe al respecto a la Asamblea General en su cuadragésimo quinto periodo de sesiones.
80a, sesión plenaria 11 de diciembre de 1989
10 Para el texto, véase la resolución 38/40. párr 1. 11 Véase A/44/551-S/20870, anexo. 12 Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo cuarto período de sesiones, Suplemento No. 23 ( A/44/23), cap. X. 13 A/44/634 y Corr. 1.
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