UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional

Universidad de Santiago de Compostela

 
     
     

NACIONES UNIDAS

ASAMBLEA GENERAL

 

 

44/88. Cuestión del Sáhara Occidental

 

La  Asamblea  General,

 

Habiendo examinado a fondo la cuestión del Sáhara Occidental.

 

Recordando el derecho inalienable de todos los pueblos a la libre determinación y a la independencia, de conformi­dad con los principios enunciados en la Carta de las Na­ciones Unidas y en la resolución 1514 (XV), de 14 de di­ciembre de 1960, de la Asamblea General, en la que figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales,

 

Recordando su resolución 43/33, de 22 de noviembre de 1988, relativa a la cuestión del Sáhara Occidental,

 

Recordando la resolución AHG/Res.104 (XIX) sobre el Sáhara Occidental 10, aprobada por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en su 19° período ordinario de sesiones, cele­brado en Addis Abeba del 6 al 12 de junio de 1983.

 

Tomando nota con satisfacción del documento final so­bre el Sáhara Occidental aprobado por la Novena Confe­rencia de Jefes de Estado o de  Gobierno de los Países no Alineados, celebrada en Belgrado del 4 al 7 de septiembre de 1989 11,

 

Recordando la resolución 621 (1988) de 20 de Septiem­bre de 1988, del Consejo de Seguridad, relativa a la cues­tión del Sáhara Occidental,

 

Habiendo examinado el capitulo pertinente del informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la con­cesión de la independencia a los países y pueblos colo­niales l2,

 

Habiendo examinado el informe del Secretario  General sobre la cuestión del Sáhara Occidental 13,

 

Reiterando su apoyo al proceso de buenos oficios con­juntos iniciado en Nueva York el 9 de abril de 1986 por el Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y el Secretario General de las Naciones Unidas con miras al logro de una solución justa y definitiva de la cuestión del Sáhara Occidental de conformidad con la resolución AHG/Res.104 (XIX) y con la resolución 40/50, de 2 de diciembre de 1985 de la Asamblea General.

 

l. Toma nota con satisfacción del informe del Secretario General sobre la cuestión del Sáhara Occidental;

 

2. Reafirma que la cuestión del Sáhara Occidental es un problema de descolonización que debe resolverse me­diante el ejercicio, por el pueblo del Sáhara Occidental de su derecho inalienable a la libre determinación y a la inde­pendencia;

 

3. Destaca la importancia del acuerdo otorgado en principio, el 30 de agosto de 1988 por el Reino de Ma­rruecos y el Frente Popular para la Liberación de Sa­guía el-Hamra y de Río de Oro a las propuestas conjuntas del Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Afri­cana y del Secretario General de las Naciones Unidas, en­caminadas a la celebración de un referéndum de libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, organi­zado y supervisado por las Naciones Unidas en colaboración con la Organización de la Unidad Africana:

 

 

4. Acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por el Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y el Secretario General de las Naciones Unidas para lograr una solución justa y definitiva de la cuestión del Sáhara Occidental, de conformidad con la resolución 40/50 de la Asamblea General:

 

5. Acoge también con satisfacción los progresos obteni­dos mediante el proceso de bueno  oficios conjuntos y exhorta al Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y al Secretario General de las Naciones Unidas a que prosigan e intensifiquen sus esfuerzos encaminados a resolver los problemas pendientes y a crear así las condi­ciones necesarias para la celebración de un referéndum de libre determinación del pueblo del Sahara Occidental sin limitaciones de orden administrativo o militar, organi­zado y supervisado por las Naciones Unidas en colabora­ción  con la  Organización de la Unidad Africana;

 

6. Acoge con  beneplácito  el establecimiento de una co­misión técnica encargada de asistir al Presidente en fun­ciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y al  Secretario Ge­neral de las Naciones Unidas en el proceso de buenos ofi­cios conjuntos con miras a solucionar la cuestión del Sáhara Occidental;

 

7.  Acoge con satisfacción las conversaciones que tuvie­ron lugar en Marrakech ,entre Su Majestad el Rey Hassan II de Marruecos y una delegación de alto nivel del Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro, y hace suya la esperanza del Secretario General de las Naciones Unidas v del Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Or­ganización de la Unidad Africana de que se produzcan otros encuentros de esta índole para mejorar las perspectivas de éxito del proceso de paz;

 

8  Expresa su convicción  de que la continuación del diálogo directo entre las dos partes en conflicto contribuirá a la conclusión positiva del proceso de buenos oficios conjuntos en que están empeñados el Presidente en funcio­nes de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización  de la Unidad Africana y el Secretario General de las Naciones Unidas, así como al restablecimiento de la paz en  el Sáhara Occidental y a la estabilidad y segu­ridad de toda la región;

 

9. Reitera su llamamiento al Reino de Marruecos y al Frente Popular  para la Liberación de Saguia el-Hamra  y de Río de Oro para que demuestren la cooperación y la buena voluntad política necesaria para el éxito del pro­ceso de buenos oficios conjuntos del Presidente en funcio­nes de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y el Secretario Gene­ral de las Naciones Unidas;

 

10. Pide al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración so­bre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que continúe examinando con carácter priorita­rio la situación en el Sáhara Occidental y que informe al respeto a la Asamblea General en su cuadragésimo quinto periodo de sesiones;

 

11. Invita al Secretario General de la Organización de la Unidad Africana a que mantenga informado al Secreta­rio General de las Naciones Unidas de los progresos que se realicen en la aplicación de las decisiones de la Organiza­ción de la Unidad  Africana relativas al Sáhara Occidental;

 

12. Invita al Secretario General a que siga de cerca la situación en el Sáhara Occidental con miras a la aplicación de la presente resolución y a que informe al respecto a la Asamblea General en su cuadragésimo quinto periodo de sesiones.

 

80a, sesión plenaria

11 de  diciembre  de 1989

 

10 Para el texto,  véase la resolución 38/40. párr 1.

  11 Véase A/44/551-S/20870, anexo.

   12 Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo cuarto período de sesiones, Suplemento No. 23 ( A/44/23),  cap. X.

   13 A/44/634 y Corr. 1.