UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional

Universidad de Santiago de Compostela

 
     
     

NACIONES UNIDAS

ASAMBLEA GENERAL

 

40/50. Cuestión del Sáhara Occidental

 

     La Asamblea General,

Habiendo examinado a fondo la cuestión del Sáhara Occidental,

 

Recordando el derecho inalienable de todos los pueblos a la libre determinación y a la independencia de conformi­dad con los principios enunciados en la Carta de las Na­ciones Unidas y en la resolución 1514 (XV) de 14 de di­ciembre de 1960 de la Asamblea General en la que figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales,

          .

Recordando su resolución 39/40 de S de diciembre de 1984 relativa a la cuestión del Sáhara Occidental,

 

Habiendo examinado el capítulo pertinente del informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la con­cesión de la independencia a los países y pueblos colonia­les 28,

Tomando nota del informe del Secretario General sobre la cuestión del Sahara Occidental 29,

 

Recordando la resolución AHG/Res.104 (XIX) sobre el Sáhara Occidental 30, aprobada por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en su 19 periodo ordinario de sesiones, celebra­do en Addis Abeba del 6 al 12 de junio de 1983,

 

l. Reafirma que la cuestión del Sáhara Occidental es un problema de descolonización que debe resolverse sobre la base de que el pueblo del Sáhara Occidental ejerza su derecho inalienable a la libre determinación y a la independencia;

 

2. Reafirma  igualmente que la solución de la cuestión del Sáhara Occidental consiste en la aplicación de la reso­lución AHG/Res.104 (XIX) de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana, en la que se establecen los medios para una solu­ción pol1tica justa y definitiva del conflicto del Sáhara Occidental ;

 

3. Insta de nuevo con tal fin a las dos partes en el conflicto el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro, a que, a la brevedad posible, celebren negociaciones directas con ob­jeto de lograr la cesación del fuego a fin de crear las condi­ciones necesarias para un referéndum pacifico y justo que permita la libre determinación del pueblo del Sáhara Occi­dental, un referéndum sin limitaciones administrativas o militares celebrado con los auspicios de la Organización de la Unidad Africana y de las Naciones Unidas;

 

4. Acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por el Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y el Secretario General de las Naciones Unidas con miras a lograr una solución justa y definitiva de la cuestión del Sahara Occidental;

 

5. Invita al Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y al Secretario General de las Naciones. Unidas a que tomen medidas encaminadas a conseguir que las dos partes en el conflicto, el Reino de Marruecos y. el Frente Popular para la liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro, negocien, a la brevedad posible y de con­formidad con la resolución AHG/Res.104 (XIX) y con la presente resolución, las condiciones de una cesación del fuego y las modalidades para organizar el mencionado referéndum;

 

6. Reafirma la determinación de las Naciones Unidas de cooperar plenamente con la Organización de la Unidad Africana con miras a la aplicaci6n de las decisiones perti­nentes de dicha Organizaci6n, en particular de la resolu­ción AHG/Res.104 (XIX);

 

7. Pide al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración so­bre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que continúe examinando con carácter priorita­rio la situación en el Sáhara Occidental y que informe al respecto a la Asamblea General en su cuadragésimo pri­mer periodo de sesiones;

 

8. Invita al Secretario General de la Organización de la Unidad Africana a que mantenga informado al Secretario General de las Naciones Unidas de los progresos realiza­dos respecto de la aplicación de las decisiones de la Orga­nización de la Unidad Africana relativas al Sáhara Occidental;

 

9. Invita al Secretario General a que siga de cerca la si­tuación en el Sahara Occidental con miras a la aplicaci6n de la presente resolución y que informe al respecto a la Asamblea General en su cuadragésimo primer periodo de sesiones.

 

 

99a. sesión plenaria

 2 de diciembre de 1985

 

 


 

  28 Ibid., Suplemento No. 23  ( A/40/23), cap. X.

29 A/40/692.

30 Para el texto, véase resolución 38/40. párr.1.