UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional

Universidad de Santiago de Compostela

 
     
     

NACIONES UNIDAS

ASAMBLEA GENERAL

 

 

37/28. Cuestión del Sáhara Occidental 24

 

La Asamblea General,

 

Habiendo examinado a fondo la cuestión del Sáhara Occidental,

 

Recordando el derecho inalienable de todos los pueblos a la libre determinación y a la independencia de conformidad con los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en la resolución 1514 (XV) de 14 de diciembre de 1960 de la Asamblea General en que figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales,

 

Recordando sus resoluciones 35/19 de 11 de noviem­bre de 1980 y 36/46 de 24 de noviembre de 1981, relativas a la cuestión del Sáhara Occidental.

 

 Habiendo examinado el capítulo pertinente del informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Decla­ración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales 25,

Habiendo oído las declaraciones relativas a la cues­tión del Sáhara Occidental, en particular la del representante del Frente Popular para la Libera­ción de Saguia el-Hamra y de Río de Oro 26,

 

Recordando su resolución 36/80 de 9 de diciembre de 1981, relativa a la cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de la Unidad Africana,

 

Recordando todas las decisiones de la Organi­zación de la Unidad Africana relativas a la cuestión del Sáhara Occidental.

  

Recordando asimismo la decisión adoptada por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en su 18° período ordinario de sesiones, celebrado en Nairobi del  24 al 27 de junio de 1981, de organizar en todo el territorio del Sáhara Occidental un referéndum de libre determinación, general y libre27,

 

Tomando nota de las diferentes decisiones adop­tadas por el Comité de Aplicación de la Organiza­ción de la Unidad Africana sobre el Sáhara Occidental, relativas al establecimiento de mecanismos apro­piados por los cuales el pueblo del Sáhara Occidental pueda pronunciarse libre y democráticamente sobre su futuro.

 

           1. Reafirma el derecho inalienable del pueblo del Sáhara Occidental a la libre determinación y a la independencia de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas la Carta de la Organización de la Unidad Africana y con los objetivos de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, así como con las resoluciones pertinentes de la Asamblea y de la Organización de la Unidad Africana;

 

2. Acoge con agrado los esfuerzos realizados por la Organización de la Unidad Africana con miras a promover una solución justa y definitiva de la cuestión del Sáhara Occidental;

 

3. Sigue convencido de que solamente mediante negociaciones entre Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro se podrían crear las condiciones objetivas para el restablecimiento de la paz en el África noroccidental y garantizar la realización justa de un referéndum de libre determinación, general, libre y en regla en el Sáhara Occidental;

 

4. Hace un llamamiento, a tal efecto. a las dos partes en la controversia, Marruecos y el Frente Popu­lar para la Liberación de Saguia eI-Hamra y de Río de Oro, para que entablen negociaciones encami­nadas a una cesación del fuego de conformidad con la resolución 36/46 de la Asamblea General y con las decisiones de la Organización de la Unidad Africana;

  

5. Reafirma la determinación de las Naciones Unidas de colaborar plenamente con la Organización de la Unidad Africana en la organización justa e impar­cial del referéndum;

 

6. Pide, a tal efecto, al Secretario General que adopte las medidas necesarias para asegurar la parti­cipación efectiva de las Naciones Unidas en la orga­nización y realización del referéndum y que presente a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad un informe al respecto, incluidas las medidas que requieran una decisión del Consejo;

7. Insta al Secretario General a que colabore estrechamente con el Secretario General de la Orga­nización de la Unidad Africana con miras a la apli­cación de las decisiones pertinentes de la Organización de la Unidad Africana y de la presente resolución;

8. Pide al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Decla­ración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que con carácter priori­tario continúe examinando la situación en el Sáhara Occidental e informe al respecto a la Asamblea General en su trigésimo octavo período de sesiones.

 

77ª.  sesión plenaria

23 de noviembre de /982

 

 

24 Véase también secc. l. nota 7, y secc. X.B.6. decisión 37/411

      25 Documentos Oficiales de la Asamblea General, trigésimo séptimo período de sesiones. Suplemento No. 23 (A/37/23/Rev.1). cap. IX.

       26 Ibid., trigésimo séptimo período de sesiones. Cuarta Comisión. 20ª. sesión, párrs. 2 a 8.

      27 Véase A/36/534, anexo II,  resolución AHG/Res. 103 ( XVIII).