UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional

Universidad de Santiago de Compostela

 
     
     

NACIONES UNIDAS

ASAMBLEA GENERAL

 

3292 (XXIX). Cuestión del Sáhara Español

 

 La Asamblea General,

 

Recordando su resolución 1514 (XV) de 14 de diciembre de 1960, que contiene la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales.

 

Recordando igualmente sus resoluciones 2072 (XX) de 16 de diciembre de 1965, 2229 (XXI) de 20 de diciembre de 1966,2354 (XXII) de 19 de diciembre de 1967,2428 (XXIII) de 18 de diciembre de 1968,  2591 (XXIV) de 16 de diciembre de 1969, 2711 (XXV) de 14 de diciembre de 1970,2983 (XXVII) de 14 de diciembre de 1972 y 3162 (XXVIII) de 14 de diciembre de 1973,

 

Reafirmando el derecho de las poblaciones del Sáhara Español a la libre determinación, de conformidad can la resolución 1514 (XV),

Considerando que la persistencia de la situación co­lonial en el Sáhara occidental compromete la estabi­lidad y la armonía en la región noroccidental del África,

 

Teniendo en cuenta las declaraciones hechas en la Asamblea General el 30 de septiembre y el 2 de octu­bre de 1974 por los Ministros de Relaciones Exteriores del Reino de Marruecos 35 y de la República Islámica

de Mauritania 36,

Tomando nota de las declaraciones hechas en la Cuarta Comisión por los representantes de Marruecos 37 y Mauritania 38 en las que los dos países reconocieron que ambos estaban interesados en el futuro del Territorio,

 

     Habiendo escuchado las declaraciones del represen­tante de Argelia 39,

 

   Habiendo escuchado las declaraciones del represen­tante de  España40.

 

  Observando que durante el debate surgió una dificultad jurídica acerca del estatuto del mencionado Territorio en el momento de su colonización por  España,

 

Considerando por ello que es sumamente deseable que la Asamblea General reciba, para proseguir el examen de esta cuestión en su trigésimo período de sesiones, una opinión consultiva sobre algunos aspectos  jurídicos  importantes del problema,

 

Teniendo presentes el Artículo 96 de la Carta de las Naciones Unidas y el Artículo 65 del Estatuto de

la Corte Internacional de Justicia,

l., Decide recabar de la Corte Internacional de Justicia, sin perjuicio de la ap1icaci6n de los principios contenidos en la resolución 1514 (XV) de la Asam­blea General  que emita una opinión consultiva a la o brevedad posible sobre lis siguientes cuestiones:

 

                                                “I.  ¿Era el Sáhara occidental (Río de Oro y Sakiet El Hamra) en el momento de su colo­nización por España un territorio sin dueño (terra nullius)?”                        .

, Si la respuesta a la primera pregunta es negativa,

                                           "II. ¿Qué vínculos jurídicos existían entre dicho territorio y el Reino de Marruecos y el complejo mauritano?",

2. Insta a España, en su calidad de Potencia administradora en particular, y a Marruecos y Mauritania, en su calidad de partes, interesadas, a que presenten a la Corte Internacional de Justicia toda la información y los documentos necesarios para aclarar esas cuestiones;

 

3. Pide encarecidamente a la Potencia administra­dora que aplace el referéndum que había previsto realizar en el Sáhara occidental hasta que la Asamblea General decida la política que habrá que seguir para acelerar el proceso de descolonización del Territorio de conformidad con la resolución 1514 (XV), en las mejores condiciones posibles, a la luz de la opini6n consultiva que emita la Corte Internacional de Justicia;

 

4. Reitera su invitación a todos los Estados a que observen las resoluciones de la Asamblea General rela­tivas a las actividades de los intereses económicos y financieros extranjeros en el Territorio, y a que se abstengan de contribuir con sus inversiones o su polí­tica de inmigración al mantenimiento de la situación

colonial en el Territorio;

                                                                                                                                            .

5. Pide al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicaci6n de la Decla­ración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que mantenga en examen la situación en el Territorio, inclusive el envío de una misión visitadora al Territorio, y que informe al res­pecto a la Asamblea General en su trigésimo período de sesiones.

                                                                                                                             2318a. sesi6n plenaria

13 de diciembre de 1974

 

 

 


 

35 Ibid., vigésimo noveno período de sesiones, Sesiones Plenarias, 2249ª. Sesión.

    36 Ibid.,  2251a. sesión.                                                                  .

37 Ibld., Cuarta Comisión, sesiones 2117ª., 2125ª. y 2130ª.

38 Ibid., Sesiones 2117ª. y 2130ª.

39 Ibid., Sesiones Plenarias, 2265ª. sesión; e ibid., Cuarta Comisión, 2125ª. sesión.

40 Ibid., Sesiones Plenarias, 2253ª. sesión; e ibid., Cuarta Comisión, sesiones 2117ª., 2125ª., 2126ª., y 2130ª.