UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional

Universidad de Santiago de Compostela

 
     
     

NACIONES UNIDAS

ASAMBLEA GENERAL

 

1314 (XIII). Recomendaciones concernientes al respeto internacional del derecho de los pue­blos y de las naciones a la libre determinación

 

La Asamblea General,

    Observando que el derecho de los pueblos y de las naciones a la libre determinación proclamado en los dos proyectos de pactos elaborados por la Comisión de De­rechos Humanos10 comprende "la soberanía permanente sobre sus riquezas y recursos naturales",

Estimando necesario disponer de información com­pleta sobre el alcance real y el carácter de esta soberanía.,

1. Resuelve crear una Comisión compuesta de Afganistán, Chile, Estados Unidos de América, Filipinas, Guatemala, Países Bajos, República Árabe Unida, Suecia y Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas para que realice un estudio completo de la situación en lo que respecta a este elemento básico del" derecho a la libre determinación, y para que formule recomendaciones, si fuere del caso, encaminadas a reforzarlo, y resuelve ade­más que, al estudiar a fondo la cuestión de la soberanía permanente de los pueblos y de las naciones sobre sus riquezas y recursos naturales, se tengan debidamente en cuenta los derechos y deberes de los Estados en virtud del derecho internacional y la importancia de fomentar la cooperación internacional en el desarrollo económico de los países insuficientemente desarrollados;

2. Invita a las comisiones económicas regionales y a los organismos especializados a colaborar con la Comi­sión en la realización de su labor;

    3. Pide a la Comisión que informe al Consejo Eco­nómico y Social en su 290 período de sesiones;

4. Pide al Secretario General que proporcione a la Comisión el personal y los elementos necesarios para el cumplimiento de su cometido.

7880. sesión plenaria,

 12 de diciembre de 1958.