UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional

Universidad de Santiago de Compostela

 
     
     

Naciones Unidas

Asamblea General

 

Distr. general

9 de julio de 2004

Español

Original: inglés

 

Quincuagésimo noveno período de sesiones

Tema 19 de la lista preliminar*

Aplicación de la declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales

Cuestión del Sáhara Occidental

 

Informe del Secretario General

 

Resumen

Este informe, presentado en cumplimiento de la resolución 58/109 de 9 de diciembre de 2003, sintetiza los informes presentados por el Secretario General al Consejo de Seguridad sobre la situación relativa al Sáhara Occidental desde el 1° de julio de 2003 hasta el 30 de junio de 2004.

 

1. El 9 de diciembre de 2003, la Asamblea General aprobó, sin votación, la resolución 58/109 sobre la cuestión del Sáhara Occidental. El Secretario General, en estrecha colaboración con el Presidente de la Comisión de la Unión Africana, ha seguido interponiendo sus buenos oficios ante las partes interesadas. Este informe, que abarca el período comprendido entre el 1° de julio de 2003 y el 30 de junio de 2004, se presenta de conformidad con el párrafo 9 de la resolución 58/109.

 

2. El 31 de julio de 2003, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1495 (2003) en la cual prorrogó el mandato de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) hasta el 31 de octubre de 2003. De conformidad con esta resolución, el Consejo, entre otras cosas, siguió apoyando decididamente las gestiones del Secretario General y de su Enviado Personal, James A. Baker III, y su Plan de paz para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental (S/2003/565, anexo II) como solución política óptima basada en el acuerdo entre las dos partes; pidió a las partes que colaborasen con las Naciones Unidas y entre sí con miras a aceptar y aplicar el Plan de paz; pidió a todas las partes y a los Estados de la región que colaborasen plenamente con el Secretario General y su Enviado Personal, y pidió al Secretario General que presentase antes del fin de octubre de 2003 un informe sobre la situación que se refiriera a los progresos realizados en la aplicación de la resolución.

 

3. En cumplimiento de la resolución indicada, el 16 de octubre de 2003 el Secretario General presentó al Consejo de Seguridad un informe sobre la situación relativa al Sáhara Occidental (S/2003/1016) en el que informaba al Consejo de que el 17 de septiembre de 2003 el Reino de Marruecos había enviado una delegación de alto nivel para que se reuniera con su Enviado Personal. Durante la reunión, Marruecos pidió disponer de algo más de tiempo para reflexión y consultas antes de dar su respuesta definitiva a los párrafos de la parte dispositiva de la resolución 1495 (2003) del Consejo de Seguridad, especialmente el párrafo 2, en que el Consejo había pedido a las partes que colaborasen con las Naciones Unidas y entre sí con miras a aceptar y aplicar el Plan de paz.

 

4. En su informe, el Secretario General también informó al Consejo de Seguridad de que, luego del nombramiento de William Lacy Swing (Estados Unidos de América) como su nuevo Representante Especial para la República Democrática del Congo, el 5 de agosto de 2003 había comunicado al Presidente del Consejo su intención de designar a Álvaro de Soto (Perú) como su Representante Especial para el Sáhara Occidental.

 

5. Al concluir su informe, el Secretario General recordó que en su carta de 6 de julio el Frente POLISARIO había aceptado oficialmente el Plan de paz. También añadió que había accedido a la petición de Marruecos para disponer de algo más de tiempo para reflexión y consultas antes de dar su respuesta definitiva.

 

6. El 28 de octubre de 2003 el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1513 (2003), en la cual prorrogó el mandato de la MINURSO hasta el 31 de enero de 2004 y pidió al Secretario General que presentara un informe sobre la situación antes de que concluyese el mandato.

 

7. En cumplimiento de la resolución 1513 (2003), el 19 de enero de 2004 el Secretario General presentó al Consejo un informe sobre la situación relativa al Sáhara Occidental (S/2004/39), en el que le comunicó que su Enviado Personal había mantenido el 23 de diciembre de 2003 una nueva reunión con una delegación de Marruecos para tratar cuestiones relativas a la respuesta final de Marruecos a los párrafos de la parte dispositiva de la resolución 1495 (2003), de 31 de julio de 2003.

 

8. En su informe, el Secretario General también comunicó al Consejo de Seguridad que el 29 de octubre de 2003, su nuevo Representante Especial para el Sáhara Occidental, Álvaro de Soto, había asumido sus funciones en El Aioún. En noviembre de 2003, había visitado Rabat, Tinduf, Argel y Nuachot, donde celebró reuniones de presentación con altos funcionarios del Gobierno de Marruecos, el Frente POLISARIO, el Gobierno de Argelia y el Gobierno de Mauritania.

 

9. Al concluir su informe, el Secretario General afirmó que, de acuerdo con las deliberaciones de su Enviado Personal con la delegación de Marruecos, el 23 de diciembre de 2003, consideraba que el mandato de la MINURSO debía prorrogarse a fin de poder realizar nuevas consultas con Marruecos respecto de su respuesta definitiva al Plan de paz.

 

10. El 30 de enero de 2004, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1523 (2004), en la cual prorrogó el mandato de la MINURSO hasta el 30 de abril de 2004 y pidió al Secretario General que presentara un informe sobre la situación antes de la expiración del mandato.

 

11. En cumplimiento de la resolución indicada, el 23 de abril de 2004 el Secretario General presentó al Consejo de Seguridad un informe sobre la situación relativa al Sáhara Occidental (S/2004/325 y Add.1) en el que comunicó al Consejo que su Enviado Personal había celebrado dos reuniones con delegaciones de Marruecos, los días 2 y 15 de abril de 2004), y una reunión con una delegación del Frente POLISARIO, el 31 de marzo de 2004. Durante la reunión del 15 de abril, Marruecos transmitió su respuesta definitiva al Plan de paz, en el apéndice a una carta de fecha 9 de abril de 2004 del Ministro de Relaciones Exteriores y Cooperación de Marruecos (S/2004/325 y Add.1, anexo I).

 

12. En su informe, el Secretario General también indicó que, como recordaría el Consejo de Seguridad, en su resolución 1495 (2003), que fue aprobada por unanimidad, el Consejo había expresado su apoyo al Plan de paz como solución política óptima basada en el acuerdo entre las dos partes. El Consejo también había pedido a las partes que colaboraran con las Naciones Unidas y entre sí con miras a aceptar y aplicar el Plan de paz. No obstante, si bien en la respuesta definitiva de Marruecos al Plan de paz se había expresado la voluntad de continuar procurando encontrar una solución política de la controversia relativa al Sáhara Occidental, también se había expresado claramente que una “solución política basada en la autonomía” sería “necesariamente definitiva”, lo cual tenía consecuencias negativas para el ejercicio de la libre determinación, contemplado en la resolución 1429 (2002).

 

13. En su informe, el Secretario General comunicó asimismo al Consejo de Seguridad que en febrero de 2004 había pedido a su Representante Especial para el Sáhara Occidental, Álvaro de Soto, que se pusiera al frente de su misión de buenos oficios en Chipre como Asesor Especial sobre Chipre. Mientras tanto, el Comandante de la Fuerza de la MINURSO, el General de División Gyorgy Száraz (Hungría), había desempeñado las funciones de Oficial Encargado de la Misión.

 

14. Al concluir su informe, el Secretario General observó que las medidas adoptadas hasta entonces por el Consejo de Seguridad y sus debates sobre la cuestión ponían claramente de manifiesto que existía oposición a una solución del conflicto relativo al Sáhara Occidental que no estuviera basada en el consenso. Además, la opinión del Secretario General y la de su Enviado Personal era que la respuesta definitiva de Marruecos al Plan de paz requeriría que las partes interesadas acordaran negociar una solución para el Sáhara Occidental basada en la “autonomía en el marco de la soberanía marroquí”. Por supuesto, la cuestión de la soberanía era el punto fundamental que había dividido a las partes durante todos esos años. El Secretario General añadió que teniendo en cuenta los antecedentes y esos hechos, su opinión y la de su Enviado Personal era que todo ello dejaba sólo dos opciones realistas que pudiera examinar el Consejo. La primera sería poner fin a la MINURSO y remitir de nuevo la cuestión del Sáhara Occidental a la Asamblea General, asumiendo y reconociendo de ese modo que, transcurridos más de 13 años y habiendo gastado más de 600 millones de dólares, las Naciones Unidas no iban a resolver el problema del Sáhara Occidental sin exigir que una de las partes, o ambas, hicieran algo que no aceptarían hacer voluntariamente. La segunda opción sería intentar una vez más inducir a las partes a que dirigieran sus esfuerzos hacia la aceptación y aplicación del Plan de paz.

 

15. El Secretario General concluyó que su opinión y la de su Enviado Personal era que el Plan de paz seguía siendo la mejor solución política para el conflicto relativo al Sáhara Occidental, que contemplaba la libre determinación, con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 1 de la resolución 1429 (2002) del Consejo de Seguridad. Por consiguiente, expresó la esperanza de que el Consejo reafirmara su reciente apoyo unánime al Plan de paz y pidiera una vez más a las partes que colaborasen con las Naciones Unidas y entre sí con miras a aceptar y aplicar el Plan de paz.

 

16. El 29 de abril de 2004, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1541 (2004), en la cual reafirmó su apoyo al Plan de paz como solución política óptima basada en el acuerdo entre las dos partes; también reafirmó su apoyo decidido a las gestiones del Secretario General y de su Enviado Personal para encontrar una solución política mutuamente aceptable a la controversia relativa al Sáhara Occidental; pidió a todas las partes y a los Estados de la región que colaborasen plenamente con el Secretario General y su Enviado Personal; decidió prorrogar el mandato de la MINURSO hasta el 31 de octubre de 2004, y pidió al Secretario General que sobre la situación, antes de la expiración del mandato entonces vigente, presentase un informe en el que incluyese una evaluación del número de efectivos necesarios para que la MINURSO pudiera cumplir con las tareas que le habían sido encomendadas, con miras a su posible reducción.

 

17. El 15 de junio de 2004 el Secretario General dirigió al Presidente del Consejo de Seguridad una carta (S/2004/492) en la cual hizo referencia a su carta de 17 de marzo de 1997 (S/1997/236), en la que había informado al Consejo de su decisión de designar al Sr. James A. Baker III su Enviado Personal para el Sáhara Occidental, a fin de que le ayudara a evaluar la situación y formular recomendaciones respecto de todas las cuestiones relativas al estancamiento de la aplicación del Plan de Arreglo. En los siete años en que había prestado servicio en calidad de Enviado Personal del Secretario General, el Sr. Baker había celebrado 14 reuniones oficiales y numerosas reuniones oficiosas con las partes, Marruecos y el Frente POLISARIO, y los países vecinos, Argelia y Mauritania, y había propuesto una serie de posibles vías para resolver el conflicto. Aunque se habían producido avances, las partes no habían logrado alcanzar un acuerdo. A ese respecto, el Sr. Baker había informado al Secretario General de que consideraba que había hecho todo lo que estaba en sus manos en relación con esa cuestión y, por consiguiente, había presentado su dimisión como Enviado Personal del Secretario General. El Secretario General informó al Consejo de que, lamentándolo profundamente, había aceptado la dimisión del Sr. Baker.

 

18. En la misma carta, el Secretario General también comunicó al Consejo de Seguridad que había decidido que el Sr. Álvaro de Soto, en su calidad de Representante Especial del Secretario General para el Sáhara Occidental, siguiese colaborando con las partes y con los países vecinos para lograr una solución política justa, duradera y comúnmente aceptable, en la que se previera la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el contexto de arreglos coherentes con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.

 

19. Con respecto a las actividades de la Comisión de Identificación, durante el período que abarca el presente informe, del 1° de julio de 2003 al 30 de junio de 2004 el Secretario General informó al Consejo de Seguridad de que la Comisión había completado con éxito su plan general del trabajo, incluido el escaneo, el archivo y la transferencia de todos sus registros de identificación y documentos delicados a la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, donde a la sazón se encontraban almacenados con las debidas condiciones de seguridad. La Comisión también había finalizado todos los estudios relativos a sus actividades. Como resultado de ello, al 31 de diciembre de 2003 el personal restante de la Comisión había concluido su labor para la MINURSO. No obstante, los puestos autorizados para la Comisión se habían mantenido en el proyecto de presupuesto para el ejercicio económico 2004-2005, a fin de acelerar la contratación de expertos para la MINURSO en caso necesario.

 

20. En cuanto a los asuntos militares, durante el período que abarca el presente informe el Secretario General informó al Consejo de que el Frente POLISARIO había continuado imponiendo algunas limitaciones a la libertad de circulación de la MINURSO en zonas del Territorio situadas al este de la berma. Aunque por su naturaleza estas limitaciones no habían afectado significativamente a la capacidad de la MINURSO para vigilar la situación en esas zonas, su supresión habría aumentado la eficiencia de las actividades de las patrullas terrestres y aéreas de la Misión.

 

21. En cuanto a la cuestión de los prisioneros de guerra y las personas cuyo paradero se desconocía, durante el período comprendido en el presente informe el Secretario General informó al Consejo de Seguridad de que el 1° de septiembre de 2003 el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) había repatriado al Reino de Marruecos 243 prisioneros de guerra marroquíes liberados por el Frente POLISARIO el 14 de agosto de 2003 en respuesta a una petición de un Estado Miembro. El 7 de noviembre de 2003, el Frente POLISARIO había anunciado la liberación de otros 300 prisioneros de guerra marroquíes, que fueron repatriados a Marruecos al día siguiente bajo los auspicios del CICR. Hasta la fecha este era el grupo más numeroso de prisioneros marroquíes liberados. El 13 de febrero de 2004, el Frente POLISARIO había anunciado la liberación de otros 100 prisioneros de guerra marroquíes, posteriormente repatriados a Marruecos bajo los auspicios del CICR.

 

22. El Secretario General comunicó algunos progresos logrados en lo tocante a la determinación de la situación de las personas de paradero desconocido. Entre el 27 y el 29 de mayo de 2004, el CICR entrevistó en el Territorio a cuatro personas que aparecían en una lista de personas de paradero desconocido del Frente POLISARIO; posteriormente sus nombres fueron eliminados de la lista.

 

23. El Secretario General indicó que, si bien acogía con satisfacción los progresos realizados, 514 de esos prisioneros seguían detenidos, en algunos casos desde hacía más de 20 años. En consecuencia, reiteró su llamamiento al Frente POLISARIO para que acelerara la liberación de los restantes prisioneros, de conformidad con el derecho internacional humanitario y numerosas resoluciones del Consejo de Seguridad y declaraciones del Presidente del Consejo. También exhortó tanto a Marruecos como al Frente POLISARIO a que continuasen cooperando con el CICR en la búsqueda de las personas que aún permanecían desaparecidas en relación con el conflicto.

 

24. Con respecto al trabajo realizado en la zona por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), durante el período a que se refiere el presente informe, el Secretario General informó al Consejo de Seguridad de que, si bien el abastecimiento de alimentos a los refugiados del Sáhara Occidental se había mantenido relativamente estable durante la mayoría de 2003, la insuficiencia de la ayuda humanitaria a principios de 2004 había seguido causando malnutrición aguda y crónica entre los refugiados del Sáhara Occidental de la zona de Tinduf.

 

25. El Programa Mundial de Alimentos (PMA) y el ACNUR habían realizado una misión conjunta de evaluación en los campamentos de refugiados de la zona de Tinduf en enero de 2004. También participaron en dicha evaluación representantes de nueve Estados Miembros, que eran donantes efectivos o potenciales. El Secretario General comunicó que, pese a las mejoras que se habían producido en los últimos meses debido al incremento del apoyo de los donantes, la situación alimentaria en los campamentos de refugiados seguía siendo inestable. Si no se obtenían suministros de socorro adicionales, era posible que los refugiados empezaran a padecer escasez de cereales en mayo de 2004, y de otros productos esenciales un mes después. Por consiguiente, se requerían contribuciones urgentes de los programas de asistencia del ACNUR y del PMA para superar la escasez prevista. El Secretario General había hecho un llamamiento a la comunidad de donantes para que respondiera generosamente a esos llamamientos.

 

26. Durante el período abarcado por el presente informe, el Secretario General también informó al Consejo de Seguridad de que el ACNUR y la MINURSO habían promovido ante las partes la aplicación de medidas de fomento de la confianza. Del 2 al 5 de octubre de 2003, una delegación del ACNUR, acompañada de un representante de la MINURSO, había visitado Rabat, Argel y Tinduf para mantener conversaciones de carácter técnico. Durante las conversaciones llevadas a cabo en Rabat los días 2 y 3 de octubre, las autoridades marroquíes habían afirmado que, como cuestión de soberanía, la administración de correos de Marruecos tenía que participar en la gestión del servicio en el Territorio. En ese contexto, se recordó que en el plan original se había previsto que la correspondencia sería recogida y distribuida por el ACNUR.

 

27. Durante las conversaciones celebradas en Argel el 4 de octubre, el ACNUR recordó a Argelia que seguía esperando su consentimiento oficial, como país de asilo, para la reanudación del servicio telefónico gestionado por el ACNUR entre los campamentos de refugiados y el Territorio. Argelia reiteró la posición que había manifestado anteriormente, según la cual las propuestas que fueran aceptables para los representantes saharauis también lo serían para Argelia, dentro de los límites de sus responsabilidades como país de asilo.

 

28. En sus conversaciones con la delegación del ACNUR, el Frente POLISARIO expresó su disposición a reanudar el servicio telefónico del ACNUR y a iniciar el servicio de correos con arreglo a las medidas de fomento de la confianza del ACNUR. Esto supuso un avance en lo referente al servicio telefónico, puesto que Marruecos había mantenido su posición de que el servicio telefónico se prestara con arreglo a las medidas de fomento de la confianza del ACNUR.

 

29. El tercer elemento de las medidas de fomento de la confianza, es decir, el intercambio de visitas a familiares, no formaba parte del programa de la delegación del ACNUR, debido al prolongado desacuerdo de las partes sobre los criterios de selección de los participantes en el intercambio. En ese contexto, se recordó que el Frente POLISARIO había insistido en que tan sólo aquellas personas cuyos nombres aparecían en la lista provisional de votantes de la MINURSO tenían derecho a beneficiarse del intercambio entre el Territorio y los campos de refugiados. Por su parte, Marruecos había mantenido que cualquier persona que se encontrase en los campamentos de refugiados o en el Territorio que tuviese algún familiar en el otro lado debía tener la posibilidad de participar en el intercambio, con independencia de su inclusión en la lista. Durante sus conversaciones con el ACNUR, el Frente POLISARIO indicó que había cambiado de opinión acerca de esta cuestión y consiguientemente estaba dispuesto a aceptar el intercambio inmediato de visitas familiares entre los campamentos de refugiados de Tinduf y el Territorio, cualquiera fuese la situación de los interesados en relación con la lista. También se recordó que Mauritania ya había aceptado el proyecto de fomento de la confianza en los términos propuestos por el ACNUR y había expresado su disposición a apoyar plenamente su aplicación.

 

30. En el mes de noviembre de 2003, el ACNUR, en estrecha consulta con el Representante Especial del Secretario General, había presentado a Marruecos, al Frente POLISARIO y a Argelia, en su condición de país de asilo, un plan de acción detallado en el que se definían las modalidades de aplicación de esas medidas. Consiguientemente el ACNUR había ajustado su plan de acción inicial teniendo en cuenta los comentarios, observaciones y sugerencias de Marruecos, el Frente POLISARIO y Argelia, tratando al mismo tiempo de preservar la integridad global y la naturaleza humanitaria del proyecto. Se había remitido a las partes, para su consideración definitiva, una nueva versión del plan de acción relativo a las medidas de fomento de la confianza. A finales de enero y principios de febrero de 2004, las partes, y Argelia, en su carácter de país de asilo, habían transmitido su aprobación del plan de acción revisado.

 

31. El Secretario General también informó al Consejo de Seguridad que el primer intercambio de visitas familiares había comenzado con éxito el 5 de marzo de 2004. A pesar de ciertas quejas iniciales de ambas partes cuando se puso en marcha el programa, los intercambios de visitas familiares no experimentaron tropiezos y contaron con la plena cooperación de las partes, así como de Argelia, en su calidad de país de asilo. Habida cuenta de los resultados positivos que tuvo la primera fase de las visitas familiares, el ACNUR, con el pleno apoyo de la MINURSO, esperaba seguir adelante con el programa durante un período inicial de seis meses, que más adelante sería objeto de examen en consulta con las partes. El Secretario General instó a las partes a que siguieran prestando su cooperación al ACNUR y a la MINURSO para la buena ejecución del programa de visitas familiares. Confiaba en que las partes respondieran positivamente a los llamamientos del ACNUR para que se preservase su carácter exclusivamente humanitario. Entre tanto, hizo un llamamiento a los países donantes para que aportaran urgentemente contribuciones para la puesta en práctica del programa de visitas familiares, que exigía un gran volumen de recursos logísticos, administrativos y de supervisión.

 

32. El Secretario General informó además al Consejo de Seguridad de que el servicio telefónico gestionado por el ACNUR que conectaba los campamentos de refugiados en Argelia con el Territorio se había reanudado el 12 de enero de 2004 y seguía funcionando. En cuanto al servicio de correos entre el Territorio y los campamentos de refugiados de la zona de Tinduf, si bien las autoridades marroquíes habían notificado al ACNUR su deseo de continuar próximamente las conversaciones, no se habían obtenido progresos significativos. El ACNUR seguía dispuesto a poner en funcionamiento dicho servicio de conformidad con las modalidades que había propuesto inicialmente, o con arreglo a cualesquiera otras condiciones que contaran con la aprobación de todos los interesados.