UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional

Universidad de Santiago de Compostela

 
     
     

Cuestión del Sáhara Occidental

 

Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2000/2

 

 

La Comisión de Derechos Humanos,

Habiendo examinado a fondo la cuestión del Sáhara Occidental,

 

Reafirmando el derecho inalienable de todos los pueblos a la libre determinación y a la independencia, de conformidad con los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, en la que figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales,

 

Recordando la resolución 54/87 de la Asamblea General, de 6 de diciembre de 1999,

 

Recordando también su resolución 1999/4, de 23 de abril de 1999,

 

Recordando además que el 30 de agosto de 1988 el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro aceptaron en principio las propuestas formuladas por el Secretario General de las Naciones Unidas y el Presidente de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en el marco de su misión conjunta de buenos oficios,

 

Recordando las resoluciones del Consejo de Seguridad 658 (1990), de 27 de junio de 1990, y 690 (1991), de 29 de abril de 1991, en las que el Consejo aprobó el plan de arreglo para el Sáhara Occidental,

 

Recordando asimismo todas las resoluciones del Consejo de Seguridad, de la Asamblea General y de la Comisión de Derechos Humanos relativas a la cuestión del Sáhara Occidental,

 

Reafirmando la responsabilidad de las Naciones Unidas con el pueblo del Sáhara Occidental según lo establecido en el plan de arreglo,

 

Tomando nota con satisfacción de la entrada en vigor de la cesación del fuego de conformidad con la propuesta del Secretario General y destacando la importancia que asigna al mantenimiento de la cesación del fuego como parte integrante del plan de arreglo,

 

Tomando nota con satisfacción asimismo de los acuerdos para la aplicación del plan de arreglo a que llegaron las dos partes en conversaciones privadas directas y destacando la importancia que asigna a la aplicación plena, equitativa y fiel del plan de arreglo y de los acuerdos para su aplicación,

 

Tomando nota con satisfacción además de los progresos logrados en la aplicación del plan de arreglo desde diciembre de 1997,

 

Recordando las resoluciones del Consejo de Seguridad 1131 (1997), de 29 de septiembre de 1997, 1198 (1998), de 18 de septiembre de 1998, 1204 (1998), de 30 de octubre de 1998 y 1215 (1998), de 17 de diciembre de 1998, y tomando nota de las resoluciones del Consejo 1224 (1999), de 28 de enero de 1999, 1228 (1999), de 11 de febrero de 1999, 1232 (1999), de 30 de marzo de 1999 y 1235 (1999), de 30 de abril de 1999,

 

Acogiendo con beneplácito la aceptación por las dos partes de las modalidades detalladas para la aplicación del conjunto de medidas presentado por el Secretario General en relación con la identificación de votantes, el proceso de apelación y el calendario revisado de ejecución,

 

Recordando que la Asamblea General ha examinado el capítulo pertinente del informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales (A/54/23 (parte II), cap. IX),

 

Recordando igualmente que la Asamblea General ha examinado el informe del Secretario General (A/54/337),

 

1. Toma nota del informe del Secretario General;

 

2. Recuerda con satisfacción los acuerdos para la aplicación del plan de arreglo a que llegaron el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro en conversaciones privadas y directas celebradas bajo los auspicios de James Baker III, Enviado Personal del Secretario General, y exhorta a las partes a que apliquen esos acuerdos plenamente y de buena fe;

 

3. Encomia al Secretario General y a su Enviado Personal por los esfuerzos que han desplegado para lograr esos acuerdos, así como a las dos partes por el espíritu de cooperación que han demostrado, y las exhorta a que sigan cooperando con el fin de facilitar la rápida aplicación del plan de arreglo;

 

4. Exhorta a las dos partes a que sigan cooperando con el Secretario General y su Enviado Personal y también con su Representante Especial, y a que se abstengan de llevar a cabo acción alguna que comprometa la aplicación del plan de arreglo y de los acuerdos a que se ha llegado para su aplicación;

 

5. Toma nota con satisfacción de los progresos logrados en la aplicación del plan de arreglo y hace un llamamiento a las dos partes para que colaboren plenamente con el Secretario General, su Enviado Personal y su Representante Especial en la ejecución de las diferentes fases del plan de arreglo;

 

6. Insta a las dos partes a que apliquen fiel y lealmente el conjunto de medidas presentado por el Secretario General en relación con la identificación de votantes, el proceso de apelación y el calendario revisado de ejecución;

 

7. Reafirma la responsabilidad de las Naciones Unidas con el pueblo del Sáhara Occidental, según lo establecido en el plan de arreglo;

 

8. Reafirma igualmente su apoyo a las gestiones que el Secretario General seguirá realizando con miras a la organización y la supervisión por las Naciones Unidas, en cooperación con la Organización de la Unidad Africana, de un referéndum para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, imparcial y libre de toda coacción, de conformidad con las resoluciones del Consejo de Seguridad 658 (1990) y 690 (1991), por las que el Consejo aprobó el plan de arreglo para el Sáhara Occidental;

 

9. Recuerda la resolución 1131 (1997) del Consejo de Seguridad, de 29 de septiembre de 1997, y toma nota de las resoluciones del Consejo 1238 (1999) de 14 de mayo de 1999 y 1263 (1999) de 13 de septiembre de 1999;

 

10. Observa que la Asamblea General ha pedido al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que siga examinando la situación en el Sáhara Occidental, teniendo presente el positivo proceso en curso de aplicación del plan de arreglo, y que le informe al respecto en su quincuagésimo quinto período de sesiones;

 

11. Observa igualmente que la Asamblea General ha invitado al Secretario General a que le presente en su quincuagésimo quinto período de sesiones un informe sobre la aplicación de su resolución 54/87.

 

 

 

35ª sesión,

7 de abril de 2000.

[Aprobada sin votación]