UNA DOCUMENTACIÓN ESENCIAL PARA CONOCER EL SÁHARA OCCIDENTAL

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional

Universidad de Santiago de Compostela

 
     
     

Cuestión del Sáhara Occidental

Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 1997/5

 

La Comisión de Derechos Humanos,

Habiendo examinado la cuestión del Sáhara Occidental,

Reafirmando el derecho inalienable de todos los pueblos a la libre determinación y la independencia, de conformidad con los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, en la que figura la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales,

Recordando sus resoluciones anteriores, la última de las cuales es la resolución 1996/6, de 11 de abril de 1996,

Recordando también que el 30 de agosto de 1988 el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro manifestaron estar en principio de acuerdo con las propuestas del Secretario General de las Naciones Unidas y el Presidente en funciones de la Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana, en el marco de su misión conjunta de buenos oficios,

Recordando además las resoluciones del Consejo de Seguridad 658 (1990), de 27 de junio de 1990, y 690 (1991), de 29 de abril de 1991, por las que el Consejo aprobó el plan de arreglo para el Sáhara Occidental,

Recordando todas las resoluciones del Consejo de Seguridad relativas a la cuestión del Sáhara Occidental, en particular las resoluciones 621 (1988), de 20 de septiembre de 1988; 725 (1991), de 31 de diciembre de 1991; 809 (1993), de 2 de marzo de 1993; 907 (1994), de 29 de marzo de 1994; 973 (1995), de 13 de enero de 1995; 995 (1995), de 26 de mayo de 1995; 1002 (1995), de 30 de junio de 1995; 1017 (1995), de 22 de septiembre de 1995; 1033 (1995), de 19 de diciembre de 1995; y 1042 (1996), de 31 de enero de 1996, así como todas las resoluciones de la Asamblea General relativas a la cuestión del Sáhara Occidental,

Recordando con satisfacción la entrada en vigor, el 6 de septiembre de 1991, del cese del fuego en el Sáhara Occidental, de conformidad con la propuesta del Secretario General, y destacando la importancia que asigna al mantenimiento del cese del fuego como parte integrante del plan de arreglo,

Reafirmando la responsabilidad de las Naciones Unidas con el pueblo del Sáhara Occidental, según lo establecido en el plan de arreglo,

Tomando nota de la resolución 1056 (1996) del Consejo de Seguridad, de 29 de mayo de 1996, por la que el Consejo decidió suspender los trabajos de la Comisión de Identificación y apoyó la propuesta del Secretario General encaminada a reducir el componente militar de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental debido a la falta de progresos en la aplicación del plan de arreglo,

Profundamente preocupada por los riesgos que este estancamiento entraña para el plan de arreglo con miras a celebrar un referéndum libre, justo e imparcial para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, así como para la paz y la estabilidad de la región,

Destacando la importancia y la utilidad de la reanudación de las conversaciones directas entre el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro a fin de que se establezca el ambiente de confianza mutua necesario para superar los obstáculos que se oponen a la aplicación del plan de arreglo,

Recordando que la Asamblea General examinó el capítulo pertinente del informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales (A/51/23, [Parte V], cap. IX),

Habiendo examinado también el informe del Secretario General (A/51/428),

1. Toma nota del informe del Secretario General;

2. Reitera su apoyo a la continuación de las actividades del Secretario General con miras a la organización y la supervisión por las Naciones Unidas, en cooperación con la Organización de la Unidad Africana, de un referéndum para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental, de conformidad con las resoluciones del Consejo de Seguridad 658 (1990) y 690 (1991), en las que el Consejo aprobó el plan de arreglo de la cuestión del Sáhara Occidental;

3. Reafirma que el objetivo convenido por todos consiste en la celebración de un referéndum libre, justo e imparcial para el pueblo del Sáhara Occidental, organizado y dirigido por las Naciones Unidas en cooperación con la Organización de la Unidad Africana y sin restricción militar o administrativa alguna, de conformidad con el plan de arreglo;

4. Expresa su profunda preocupación ante los persistentes obstáculos que se oponen a la aplicación del plan de arreglo;

5. Observa que la Asamblea General tomó nota de la resolución 1056 (1996) del Consejo de Seguridad, en la que el Consejo decidió suspender el proceso de identificación y reducir el componente militar de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental debido a la falta de progresos en la aplicación del plan de arreglo;

6. Reafirma la responsabilidad de las Naciones Unidas para con el pueblo y el territorio del Sáhara Occidental, y apoya plenamente el compromiso del Consejo de Seguridad y del Secretario General respecto del cumplimiento de sus mandatos respectivos, que consisten en celebrar un referéndum libre, justo e imparcial para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental;

7. Declara su convencimiento de que los contactos directos entre las dos partes son importantes y útiles para superar sus diferencias y crear las condiciones propicias para una aplicación rápida y efectiva del plan de arreglo, y alienta a este respecto al Reino de Marruecos y al Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro a que inicien las conversaciones directas lo antes posible;

8. Observa que la Asamblea General pidió al Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales que continuara examinando la situación en el Sáhara Occidental, teniendo presente el actual proceso de referéndum, y que le informara al respecto en su quincuagésimo segundo período de sesiones;

9. Decide seguir la evolución de la situación en el Sáhara Occidental y examinar esta cuestión en su 54º período de sesiones, como cuestión de alta prioridad, dentro del tema del programa titulado "El derecho de los pueblos a la libre determinación y su aplicación a los pueblos sometidos a dominación colonial o extranjera o a ocupación extranjera".

26ª sesión,
26 de marzo de 1997

[Aprobada sin votación. Véase cap. VII]